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viernes, 30 de diciembre de 2016

Constituciones y leyes fundamentales de la España contemporánea (1808-2011)

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En 1899 escribía Ricardo Macías Picavea con talante regeneracionista: «La Constitución. Obra de escuelas y partidos en perpetua transacción con la corte y sus elementos; ficción puramente escrita, nunca realidad viva; reflejo postizo de la última novedad parisién, el pueblo es completamente ajeno a ella y ni influye en la vida nacional, ni conocida ni amada, resulta totalmente infecunda; como engaño contrahecho y amañado, origen de muchos males. De aquí su inercia amovible, su fábrica inestable, su fácil naturaleza, jamás intangible y santa, que la convierten en juguete irrespetuosamente traído y llevado por las camarillas. ¡Número increíble el de nuestras Constituciones mal nacidas, y no mucho menor el de las abortadas! Y hay que preguntar: si una Constitución no es para un pueblo arca santa de la alianza que guarda en el tabernáculo propia sustancia de su alma encarnada en ley de justicia, biblia veneranda e inmaculada para todos, ¿qué es entonces?, ¿para que sirve?, ¿qué oficio desempeña?» La cita procede del estudio de Francisco Tomás y Valiente, La Constitución de 1978 y la historia del constitucionalismo español (1980), donde tras esforzarse en analizar y clasificar las distintas constituciones españolas, enuncia esta amarga consideración:

«Pero al margen de estas diferencias técnicas, unas y otras Constituciones, las rígidas y las flexibles, coincidieron entre sí en un mismo y trascendental aspecto: apenas pasaron de la letra legal a la práctica real, apenas se hicieron carne social ni llegaron a tejer una red de prácticas constitucionales complementarias. A la Constitución escrita y vigente en cada momento no se le dotó de esa Constitución no escrita, nacida de los usos políticos, de costumbres originadas dentro o fuera del Parlamento o derivadas de la continuidad en el funcionamiento de las instituciones. No hay que confundir con tales practicas constitucionales, tan saludables y ricas en Gran Bretaña o en Estados Unidos, la aparición de ciertos usos cortesanos emanados de la voluntad o el capricho del monarca reinante. Nuestras Constituciones no calaron hondo. Algunas por efímeras, otras por inauténticas; unas porque el recurso a la violencia utilizado por sus enemigos no dio tiempo a que pudieran arraigar ni permitió que entraran en juego los mecanismos previstos para la reforma constitucional; otras porque no estaban destinadas más que a cubrir las vergüenzas de una vida política más corrupta que auténtica, lo cierto es que la historia de nuestro constitucionalismo se nos presenta como la trayectoria de una frustración interrumpida por momentos de esperanzas pronto disipadas. La falta de continuidad de las Constituciones rígidas no permitió que entraran en juego parciales, calladas y actualizadoras “mutaciones” constitucionales (Verfassungswandlungen); la continuidad inauténtica de las Constituciones flexibles, propias del moderantismo en sus diversas etapas, era poco propicia para que aquellos textos arraigaran en los distintos componentes de una sociedad escasamente identificada con su Constitución.

»La historia de nuestro constitucionalismo es la antítesis, por ejemplo, de la de países como Estados Unidos o Suiza, con su equilibrio entre Constitución escrita estable, reformas constitucionales meditadas, y oportunas mutaciones vivificadoras surgidas a lo largo de la vida de unas instituciones atentas a asumir los cambios producidos en la sociedad. Nuestra historia es una sucesión de crisis constitucionales constituyentes, parecida superficialmente a la de Francia, cuyo número de Constituciones no difiere apenas del nuestro; pero hay una desventaja importante para nosotros, pues si en Francia no arraigaron los textos constitucionales propiamente dichos, sí ha permanecido, como hilo conductor constante la Declaración de 1789 y sí que ha arraigado socialmente el sistema constitucional, mientras que en nuestro país las crisis del Estado constitucional han sido prolongadas y profundas. El jurista español que busca consuelo a tan larga serie de esfuerzos inútiles por implantar en España un Estado de Derecho fundamentado sobre un texto constitucional, ha de pensar que la causa de tan reiterados fracasos no radica tanto en posibles errores técnico-jurídicos como en profundas y conflictivas tensiones hondamente arraigadas, ellas sí, en la sociedad española.»

El profesor Tomás y Valiente recalcaba el carácter democratizador de la Constitución de 1978, a la que conecta con las de 1812, 1869 y 1931, entre las españolas, y con la italiana de 1947 y la alemana de 1949. Pero dejemos estas consideraciones, enmarcadas en las preocupaciones de los años en que se escriben. Antes de concluir agrega la siguiente reflexión, que todavía hoy, resulta plenamente actual:

«Ahora bien; esta invocación a la historia, sin duda lícita y aleccionadora, debe ajustarse con cordura a sus límites naturales. En nuestros días es sin embargo frecuente que la apelación a la historia se haga con poco rigor, mucha carga emotiva y ningún cuidado. Asistimos a la explosión de un historicismo neorromántico, con cuyo apoyo se trata de legitimar determinadas reivindicaciones políticas. Como el pasado está muerto y no puede protestar contra quienes lo invaden, vemos como cada cual lo interpreta y utiliza a su antojo . El fenómeno no es del todo nuevo, pues sabido es que durante el régimen político anterior la Historia de España fue objeto de enfoques docentes muy particulares y tendenciosos, y en parte se pretende ahora conscientemente o no, compensar aquel enfático y vetusto nacionalismo con otros de radio menor. En uno y otro caso, antes y ahora, la historia resulta arma arrojadiza y plataforma ideológica. No pretendo aquí hacer un llamamiento a la objetividad científica del historiador profesional, pues no es ese el problema que hoy nos acucia, sino el de la mistificación de la historia al margen del conocimiento científico de la misma. La historia de España está siendo troceada a lo largo y a lo ancho, y cada cual toma o rechaza de ella lo que le conviene para argumentar decisiones tomadas de antemano. Al mismo tiempo, se mitifica el pasado de algunos de los pueblos de España o se hipertrofia en otros casos la importancia de determinados elementos étnicos o culturales. Y ante este confuso teatro de la historia, donde vemos mezclados personajes, fenómenos colectivos y episodios de las más variadas y a veces remotas épocas, abunda una tentación preocupante; la de acudir al pasado como fuente de legitimidad superior a la Constitución, esto es, la de afirmar que la historia y no la Constitución es causa y origen de legitimidad jurídico-política. Tesis explícita en ciertos casos, tácita en otros, que debe ser rechazada (…) Este tipo de historicismo emocional es inadmisible en un Estado de Derecho cuya norma superior positiviza el principio de que la soberanía nacional reside en el pueblo español. Ésta, la soberanía popular, y la Constitución como su expresión jurídica son la única fuente de legitimidad.»

sábado, 24 de diciembre de 2016

Jerónimo Zurita, Anales de la Corona de Aragón


Tomo I  |  PDF  |  EPUB  |  MOBI  |
Tomo II  |  PDF  |  EPUB  |  MOBI  |
Tomo III  |  PDF  |  EPUB  |  MOBI  |
Tomo IV  |  PDF  |  EPUB  |  MOBI  |

Nuestro conocido Jerónimo de San José, en su Genio de la Historia, se refiere así al origen de los cronistas: «En los (reinos) de la Corona de Aragón, y especialmente del reino cabeza de ellos, hay una muy particular observancia y atención en la provisión de este oficio. Nombrábale en tiempos pasados solamente el rey, encomendando a quien le parecía a propósito el escribir la historia (...) Pasado algún tiempo, en el del serenísimo rey don Felipe el prudente, ya con más particular modo y solemnidad comenzó el reino a instituir este oficio de cronista con nombramiento y salario de ministro público, por especial decreto y acto que llaman de corte, hecho por todo el reino en las de Monzón año de mil y quinientos y cuarenta y siete; en virtud del cual se nombró el primero aquel insigne y nunca bastantemente celebrado varón Jerónimo de Zurita, cuya erudición, gravedad, verdad, entereza y sumo estudio pudieron granjearle la gloriosa fama que en todas las naciones dignamente goza, y dar a sus Anales la que él también recibe de ellos mismos.»

Por entonces ―mediados del siglo XVII― Zurita ya es considerado príncipe de historiadores, y San José lo ensalza así: «resplandece entre los historiadores españoles como entre menores astros la luna, el grave y eruditísimo Zurita, cuyos Anales en la comprehensión y disposición de las materias, en la averiguación de las cosas, en la conveniencia del método y propiedad del estilo; y en todas las demás partes de una perfecta historia, pueden competir con la más célebre de las antiguas y modernas. Con la misma excelencia escribió los que llamó Índices en lengua latina, que son un grave y elegante epítome de lo que había escrito en la vulgar, enriquecido con tesoros nuevos. Pero aunque todo lo que escribió es muy escogido, principalmente lo son aquellos dos últimos tomos de las acciones y gobierno del rey don Fernando el Católico; donde excediéndose a sí mismo Zurita, dejó más que admirar, que de imitar a los sucesores en la historia.»

Por su parte, el profesor Esteban Sarasa Sánchez, de la Universidad de Zaragoza, presenta así la obra que nos ocupa: «Jerónimo Zurita puede considerarse como el primer medievalista de Aragón, porque, en su magna y extensa obra historiográfica, trata la historia del Reino primero y de la Corona después, con los precedentes condales que le hicieron vincularse al reino de Pamplona; como, posteriormente, la unión dinástica de Aragón y Barcelona supuso sucesivamente la formación de la Corona de Aragón, o mas bien la Corona del rey de Aragón; a la que se incorporaron en los siglos XIII al XV, de manera temporal o permanente, Mallorca, Sicilia, Cerdeña o Nápoles. Además, este primer cronista oficial de Aragón, por nombramiento de la Diputación General del Reino, no se limitó a seguir las pautas de sus predecesores, que se limitaron a reescribir la historia según las crónicas precedentes, sino que indagó en los archivos y utilizó documentación original que formó parte de la llamada Alacena de Zurita.

»Su sólida formación humanística, sabiendo latín y griego, y conociendo el francés, italiano, portugués y catalán, permitió al cronista (1512-1580) utilizar a los clásicos y estudiarlos en el aprovechamiento para su relato; enriqueciendo la narración con pensamientos e ideas retóricas, fruto de su erudición. En su época, la distinción entre lo verosímil y lo inverosímil, lo legendario y lo real, se mezclaba habitualmente a la hora de remontarse a los orígenes de los pueblos y las naciones, pero Zurita supo depurar en lo posible el conocimiento para ofrecer un conjunto equilibrado de carácter historiográfico; sometido, eso sí, a su condición de cronista oficial, al interés de su tiempo por la historia y a su personal visión de los acontecimientos del pasado, aunque parte del principio de desconsiderar crédulas historias inconsistentes que circulaban por entonces.

»La composición de los Anales se prologó durante treinta años y la primera edición del último volumen se hizo en el año del fallecimiento del cronista. Tras un breve prólogo comentando las dificultades de reconstruir el pasado, se inicia la obra con la invasión musulmana, llegando hasta Fernando II el Católico, a quien dedicó una Historia especial sobre las empresas en Italia. Pero la obra en sí es también de interés peninsular, con un estilo fluido que, no obstante, refleja el trabajo de unir la información documental sin demasiada soltura. Las ediciones clásicas de los Anales son: la príncipe de 1562 editada por Bernuz, la corregida por el propio Zurita de 1585 y editada por Portonariis, la posterior de 1610 por Robles y la de 1659 por Dormer. Divididos en XX libros, constituyen la magna obra sobre el pasado medieval de Aragón, todavía de obligada consulta.»




Tomo I: Libros I, II, III, IV y V ― Desde los orígenes hasta el reinado de Jaime II (711-1313)
Tomo II: Libros VI, VII, VIII, IX y X ― De Jaime II hasta Martín el Humano (1314-1410)
Tomo III: Libros XI, XII, XIII, XIV y XV ― 
Tomo IV: Libros XVI, XVII, XVIII, XIX y XX ― 

viernes, 16 de diciembre de 2016

Soto, Sepúlveda y Las Casas, Controversia de Valladolid

Domingo de Soto
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La conquista y ocupación de América generó desde sus inicios un agitado debate sobre su conveniencia, ética, legitimidad y resultados. Diversas voces ―conquistadores y encomenderos, misioneros, teólogos, juristas y cronistas― polemizaron de forma creciente con argumentos y con violencias, persiguiendo en último y decisivo término la anuencia del Emperador. En esta situación tuvo lugar la denominada Controversia sobre los derechos del rey de España relativos a la conquista de las Indias, celebrada en Valladolid, y convocada los primeros días de julio de 1550. Ante un selecto auditorio de altos funcionarios de los Consejos de Indias, Castilla y Órdenes, y algunos de los más destacados teólogos de la época, se van a enfrentar los representantes de las dos posturas: el obispo de Chiapas Bartolomé de Las Casas, y el cronista real Juan Ginés de Sepúlveda. Este último el mismo día 8 escribirá preocupado a Carlos I, a la sazón en Augsburgo, por lo que considera una auténtica encerrona, poniéndose la venda antes de la herida: «Yo he entendido que S. M. manda que se haga junta de letrados que determinen la manera que se ha de tener para hazer la conquista de Indias y que los Theologos sean frai Bartholome de Miranda y frai Domingo de Soto y frai Melchior Cano y estoi espantado de que tal consejo dio a S. M. porque no se podia nombrar en España a otros mas contrarios al proposito de S. M. para su onrra y conciençia y hazer lo que conviene a la conversion de aquellas gentes. Porque sepa V. S. que los que antes de mi escribieron en esta materia de las Indias fueron estos tres y frai Francisco de Vitoria y el magistral Gaetano todos frailes de Santo Domingo y todos escribieron diziendo e dando a entender que esta conquista es injusta… e si agora meten a estos en la consulta de la manera que se ha de hazer la conquista es cierto que siguiendo su pertinacia han de dezir lo mismo y con razones sophistas confundir a los canonistas y turbar la cosa de tal manera que no se haga a derechas sino todo al reves de lo que conviene pues su opinión es errada y contraria al bien público y a la determinación de la Iglesia hecha por Alexandro en favor de los reyes de España.»

No fue propiamente un debate: en las abundantes sesiones que se desarrollaron entre los meses de agosto y septiembre de 1550, y abril y mayo de 1551, los dos ponentes expusieron sus respectivas tesis; Domingo de Soto las resumió y confrontó sin valorarlas (aunque se quedó con las ganas); y finalmente volvieron a intervenir Sepúlveda y Las Casas para argumentar contra lo dicho por su oponente. Pero a pesar de todo, el empeño no tuvo un claro resultado. Como señala Pedro Borges, «tanto Sepúlveda como Las Casas se consideraron personalmente vencedores en la controversia. Para los lascasistas, la junta, y con ella la Corona, terminó dándole la razón a fray Bartolomé, quien de esa manera se alzó con en triunfo en esta refriega verbal. Para los menos afectos a Las Casas, el auténtico vencedor fue Juan Ginés de Sepúlveda.»

Vidal Abril-Castelló, por su parte, analizó la cuestión buscando los puntos de contacto (y las rectificaciones) de ambos contendientes: «Reducida la polémica a su estructura central, el esquema parece sencillo: ambos antagonistas plantean la misma cuestión, la resuelven por el mismo procedimiento y desembocan en el mismo resultado final. La cuestión es la legitimidad de las guerras de conquista con vistas a la evangelización. El procedimiento de solución es la expropiación política por razones de bien común. El resultado final conjunto es exactamente el que pretendía la Corona al convocar oficialmente la Junta: cristianización de los indios y su incorporación al imperio. ¿Dónde está, entonces, la bipolarización y en qué consiste? Precisamente en que cada uno de los antagonistas plantea e interpreta exactamente al revés cada uno de los temas debatidos, y lo resuelve sobre bases y según criterios de valor diametralmente opuestos. Reducida, a su vez, la bipolarización a su dimensión última, nos encontramos con dos éticas de conquista y de captación del indio diametralmente opuestas:
     »a) Ética de la fuerza y de la presión política por parte del Estado colonizador, como instrumento legítimo y necesario para la pacificación y la plena incorporación del indio al imperio: paso previo, a su vez, para su ulterior evangelización y conversión; tarea que así se presume y concibe como más fácil, más eficaz y, desde luego, ya enteramente libre para el indio y para los ministros de la Iglesia.
     »b) Ética de la captación pacífica y de la presión de conciencias por parte de la Iglesia evangelizadora, como único instrumento legítimo y necesario para la libre conversión y la plena incorporación del indio a la Iglesia; paso previo, a su vez, para su ulterior incorporación plena al imperio; procedimiento que así se se presume y concibe como más fácil, más eficaz y, desde luego, el único justo y legítimo para el indio, para la Iglesia y para la Corona española.» (En la obra colectiva Francisco de Vitoria y la Escuela de Salamanca. La ética en la conquista de América, CSIC, Madrid 1984.

viernes, 9 de diciembre de 2016

Juan Ginés de Sepúlveda, Demócrates segundo o de las justas causas de la guerra contra los indios

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En el prólogo a su edición y traducción de esta obra, Marcelino Menéndez Pelayo nos la presenta así: «El tratado de Juan Ginés de Sepúlveda que por primera vez se imprime a continuación no es obra enteramente peregrina para los eruditos de las cosas de América, aunque hayan sido pocos hasta el presente los que han logrado la fortuna de leerla. Teníase bastante noticia de su contenido, así por los tratados de Fr. Bartolomé de las Casas como por el opúsculo que Juan Ginés de Sepúlveda compuso con el título de Apologia pro libro de justis belli causis, impreso por primera vez en Roma en 1550, y reimpreso en la colección de las obras de su autor publicada por nuestra Academia de la Historia en 1780, bajo la dirección de D. Francisco Cerdá y Rico, escritor curioso y diligente, que en la vida de Sepúlveda, con que encabeza la publicación, da muestras de haber tenido a la vista una de las copias del diálogo inédito que ahora publicamos, y aun extracta de él algunos párrafos. Es verdaderamente digno de admiración, y prueba irrefragable del singular respeto con que todavía en el siglo XVIII se miraban en España las doctrinas y opiniones de Fr. Bartolomé de las Casas y de los teólogos de su orden acerca del derecho de conquista y acerca de la condición de los indios, el que ni Cerdá y Rico ni los demás académicos que intervinieron en la edición de las obras de Sepúlveda, se atreviesen a incluir en ella este opúsculo que, de cualquier modo que se le considere, no podía tener en el siglo pasado ni puede tener ahora más que un valor histórico.

»Pero este valor es grande. Fr. Bartolomé de las Casas, que tenía más de filántropo que de tolerante, procuró acallar por todos los medios posibles la voz de Sepúlveda, impidiendo la impresión del Democrates alter en España y en Roma, concitando contra su autor a los teólogos y a las universidades, y haciendo que el nombre de tan inofensivo y egregio humanista llegase a la posteridad con los colores más odiosos, tildado de fautor de la esclavitud y de apologista mercenario e interesado de los excesos de los conquistadores. En esta gran controversia, que tan capital importancia tiene en los orígenes del Derecho de Gentes, apenas ha sido oída hasta ahora más voz que la de Fr. Bartolomé de las Casas. Justo es que hable Sepúlveda, y que se defienda con su propia y gallarda elocuencia ciceroniana, que el duro e intransigente escolasticismo de su adversario logró amordazar para más de tres siglos. La Apología de Sepúlveda la han leído pocos, y no era fácil de entender aislada como estaba de los antecedentes del asunto. El Democrates alter no le ha leído casi nadie, y es sin embargo la pieza capital del proceso. Quien atenta y desapasionadamente le considere, con ánimo libre de los opuestos fanatismos que dominaban a los que ventilaron este gran litigio en el siglo XVI, tendrá que reconocer en la doctrina de Sepúlveda más valor científico y menos odiosidad moral que la que hasta ahora se le ha atribuido. Fr. Bartolomé de las Casas trató el asunto como teólogo tomista, y su doctrina, sean cuales fueren las asperezas y violencias antipáticas de su lenguaje, es sin duda la más conforme a los eternos dictados de la moral cristiana y al espíritu de caridad. Sepúlveda, peripatético clásico, de los llamados en Italia helenistas o alejandristas, trató el problema con toda la crudeza del aristotelismo puro tal como en la Política se expone, inclinándose con más o menos circunloquios retóricos a la teoría de la esclavitud natural. Su modo de pensar en esta parte no difiere mucho del de aquellos modernos sociólogos empíricos y positivistas que proclaman el exterminio de las razas inferiores como necesaria consecuencia de su vencimiento en la lucha por la existencia. Los esfuerzos que Sepúlveda hace para conciliar sus ideas con la Teología y con el Derecho canónico no bastan para disimular el fondo pagano y naturalista de ellas. Pero no hay duda que si en la cuestión abstracta y teórica, Las Casas tenía razón, también hay un fondo de filosofía histórica y de triste verdad humana en el nuevo aspecto bajo el cual Sepúlveda considera el problema.»


Mural de Diego Rivera

viernes, 2 de diciembre de 2016

François-Noël Graco Babeuf, Del Tribuno del Pueblo y otros escritos

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Sebastián Miñano agregó a su traducción de la Historia de la revolución francesa de Thiers numerosas notas biográficas, que reunimos y comunicamos en el volumen 63 de Clásicos de Historia. En conjunto constituyen un completo catálogo de todos los personajes que participaron en estos acontecimientos. Reproducimos a continuación la muy crítica ―y seguramente poco ecuánime― correspondiente al autor de esta semana:

«Camilo o Graco Babeuf nació en las cercanías de S. Quintin de un empleado en las gabelas bastante pobre, y salió de la casa paterna a la edad de 16 años para entrar al servicio de un señor de las cercanías de Roye. Como tenía buenas disposiciones, quiso su amo darle alguna educación y adquirió los conocimientos necesarios para con el auxilio de su amo subir a mayordomo. No tardó en casarse con la criada de la casa, pero habiéndose conducido luego mal, hubo que despedirle y aun perseguirle por lo que se había comido, así de su amo como de otros que por respetos suyos le habían confiado sus negocios, como el prior de Saint Aubin y el marques de Soyecourt. El mal éxito de sus asuntos, que él atributa a la injusticia de los hombres, le hizo arrojarse de lleno en los principios revolucionarios. Escribió varios folletos contra las gabelas, los subsidios, y el régimen feudal, que sólo le produjeron algunos meses de cárcel de la cual salió gracias a las circunstancias. En 1792 le nombraron administrador del distrito de Montdidier, pero a los dos meses le acusaron de haber falsificado varias firmas en una escritura de adjudicación de bienes nacionales y le condenó el tribunal criminal del Soma a 12 años de galeras, pero habiendo apelado al tribunal del Aisne, salió absuelto y se vino a París. Allí vivió obscuramente hasta la jornada del 31 de mayo, tan fatal para los girondinos, de cuyas resultas le nombraron secretario de la comisión de víveres, pero al poco tiempo le prendieron otra vez por ciertas trabacuentas, aunque no tardaron en soltarle. Desde entonces se obscureció durante todo el tiempo del terror, y cuando cayó Robepierre abandonó enteramente la carrera administrativa y se metió a periodista, bajo el nombre de Graco.

»El objeto primitivo de su diario intitulado El Tribuno del pueblo, fue perseguir encarnizadamente a los jacobinos y terroristas, tanto que estos le miraban como su mayor enemigo. Pero de pronto tomó a su cargo restablecer la antigua facción del ayuntamiento de París y se volvió contra los thermidorianos. Allí era el sacar a la luz pública los robos de Tallieu, las crueldades de Freron, la embriaguez de Dourdon del Oisa, las queridas de Pumont, los carros cubiertos sacados de Maguncia por Merlin de Thionville y todas las demás miserias de aquellos regeneradores de la Francia. Ya se deja discurrir cual sería el escándalo que se armaría entre aquella buena gente y las persecuciones de que sería objeto tanto de parte de los thermidorianos como de los antiguos partidarios del terror. Por fin le acusó Tallien de que envilecía a la convención y logró que le prendieran el 29 de enero de 1795, mas habiéndole enviado a la cárcel de Arras, no tardó en alcanzarle la amnistía que se publicó al cerrarse la convención. De vuelta a París, tornó a publicar su Tribuno del Pueblo, no ya contra los mismos personajes que anteriormente, sino contra la tiranía del directorio, explanando además su famoso y anticuado sistema de la nivelación universal. Mandósele de nuevo arrestar en mayo de 1796 y se le formó causa de conspiración contra la constitución del año III. Después de haber escrito al directorio... le condujeron al tribunal de policía, y durante el interrogatorio se dirigió a uno de los porteros para pedirle un vaso de agua diciéndole: «Esclavo, dame de beber.» Desde entonces comprendió el auditorio y el público que aquella cabeza estaba trastornada y que toda aquella gran conspiración podía muy bien ser en parte fruto del delirio y en parte obra de la policía. Pero no hubo remedio, y por más que el jurado declaró que no había habido conspiración, fue Babeuf condenado a muerte el día 25 de mayo de 1797. En vano protestó Mr. Real que era defensor suyo y de Arthé, sino que tuvo que decirles la suerte que les esperaba. Al momento se mataron ambos con un buido que llevaban oculto en el vestido y llevaron sus cadáveres a la guillotina donde les cortaron las cabezas. Dejó Babeuf dos hijos de tierna edad, que adoptaron después Félix Lepelletier y el general Turreau.»